Demandas a Inmobiliarias-Terremoto Chile 2010-Seguros-Ley General de Urbanismo y Construcciones

La Ley General de Urbanismo y Construcciones, contenida en el Decreto con Fuerza de Ley Nº458 de 1976 establece para las inmobiliarias y a otros profesionales las siguientes responsabilidades:

1.- El propietario primer vendedor de una construcción será responsable por todos los daños y perjuicios que provengan de fallas o defectos en ella, sea durante su ejecución o después de terminada, sin perjuicio de repetir en contra de quienes sean responsables de las fallas o defectos de construcción que hayan dado origen a los daños y perjuicios. En el caso que la construcción no sea transferida, esta responsabilidad recaerá en el propietario del inmueble respecto de terceros que sufran daños o perjuicios como consecuencias de aquellas.

2.- El artículo 18 del mismo cuerpo legal, establece responsabilidad para los proyectistas y constructores.

3.- El propietario primer vendedor estará obligado a incluir en la escritura pública de compraventa, una nómina que contenga la individualización de los proyectistas y constructores quienes pueda asistir responsabilidad de acuerdo a lo mencionado. Tratándose de personas jurídicas deberá individualizarse a los representantes legales. Las condiciones ofrecidas en la publicidad se entenderán incorporadas en el contrato de compraventa.

4.- La responsabilidad civil tratándose de personas jurídicas que se hayan disuelto se harán efectivas respecto de quienes eran representantes legales a la fecha de celebración del contrato de compraventa.

5.- Plazos de PRESCRIPCIÓN de las responsabilidades ya mencionadas son los siguientes:

a) Diez años, cuando se trate de fallas o defectos que afecten la estructura soportante del inmueble.

b) Cinco años, cuando se trate de fallas o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones.

c) Tres años, cuando afecten a elementos de terminaciones o acabados de las obras.

Los plazos de prescripción se contarán desde la decha de recepción definitiva por parte de las Dirección de Obras Municipales y en el caso de la letra c) desde la fecha de inscripción de la propiedad en el Conservador de Bienes Raíces respectivo.

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{ 9 comments }

manuel sepulveda s marzo 20, 2010 a las 6:20 am

compre casa en talcahuano a cooperativa valmar con credito hipotecario del bansander santiago ,la casa sufrio inundacion y todo el sector salinas,a causa del tsunami, la familia por la situacion vivida, no quiere volver habitar la casa.
quisiera saber si hay alguna forma de entregar casa al banco , y comprar en otro lugar o pedir rebaja al valor , llevo tres años pagando dividendos.
Segun carta de inundacion de thno ,este sector siempre se ha inundado,por lo que la cooperativa tenia conocimiento del riesgo de construir en salinas,lo que no se avizo a las personas que compraron .

LUIS marzo 22, 2010 a las 5:47 pm

NECESITO AYUDA, RESULTA QUE FIRME UNA PROMESA DE COMPRA Y VENTA DE UN DEPARTAMENTO EN LA VILLA OLIMPICA, RESULTA QUE CON EL TERREMOTO SUFRIO DAÑOS, POR SUERTE NO FIRME LA ESCRITURA PERO LAMENTABLEMENTE DI UN MILLON DE PIE CON LA PROMESA, AHORA LA VENDEDORA NO QUIERE DEVOLVERME LA PLATA ADEMAS ME DICE QUE ME OBLIGARA A COMPRARLE O A INDEMNIZAR POR NO COMPRALE, RESULTA QUE EL CREDITO LO RECHASE DEBIDO A QUE NO ESTOY DISPUESTO A PAGAR POR ALGO INSEGURO AGRADESCO A LOS QUE RESPONDA

Pedro abril 6, 2010 a las 10:48 am

Firmé promesa de compraventa antes de terremoto, por la compra de departamento, el departamento no tiene recepción definitiva aún, sufrió algunos daños, ya no deseo comprar el departamento debido a que no es el mismo departamento que compré, serà parchado, me queda claro lo que le secederá ante u sismo fuete…En la promesa existe multa en elcaso me arrepienta, favor solicito ayuda con este tema..
saludos y muchas gracias

Samuel Díaz junio 17, 2010 a las 4:19 am

Producto del terremoto se daño en la base un muro de 25mtsx2.20. Tengo el bien hipotecado, pero el banco me respondió que estaba fuera de plazo para hacer el denuncio, sin embargo, no nos habíamos percatado de esta falla antes de los 60 dias, tendré alguna alternativa o esta todo perdido en cuanto al seguro comprometido.

Gracias por su cooperación.

Carolina junio 21, 2010 a las 6:09 am

Hemos comprado un departamento hace un año ya y este año comenzo a dar claros indicios de filtracion, que segun la constructora es condensacion causada por falta de ventilacion, debido a este problema mi hijo mas pequeño se ha enfermado constantemente, ahora nos gustaria que nos devolvieran el dinero q pagamos por la propiedad en su momento, con el valor actual en UF…es esto viable?se puede llegar a un acuerdo sin una demanda o necesariamente deberiamos demandar?en el caso de la respuesta positiva, cuanto demora mas o menos este proceso y tendria derecho a indemnizacion por prejuicio?( en el momento estamos todos durmiendo en una misma pieza, siendo que son tres).
Muchas gracias.

hector pinto julio 29, 2010 a las 4:32 am

Estimado Senador.
Firme un contrato “Promesa de compra” por un departamento habiendo solo visiatdo el piloto.
Previa a la firma notaria solicite ber el departameno que estaba comprando, y despues de varias evasivas departe de lainmobiliaria, puede ver el departamento emn cuestión comprobando que poseía daños ocacionados por el terremoto.
Desicdí desitir del contrato.
Debo pagar multa por incumplimiento?

Saludos cordiales.

rigo noviembre 2, 2010 a las 2:55 pm

hola las preguntas son las siguientes mi padre recibió en arras un dinero por la venta de la casa faltando 30 días para terminar la fecha estipulada de cancelación del dinero la primera compradora le dice a mi padre que anulen el documento. Mi padre va con la primera compradora y efectivamente anulan el documento, y hacen otro documento donde firma un segundo comprador colocan un tiempo y no cumplen ninguno.
Ahora el primera compradora esta demandando a mi padre por el dinero que le dio por el documento de arras que anularon y resulta de que los dos compradores tienen nexos los dos necesito que por favor me ayuden, busque a un abogado y me dice que hay que devolver el dinero. Por favor me pueden ayudar.

brian diciembre 17, 2010 a las 12:55 pm

hola. gusto en saludarles.
nesecito hacer la siguiente consulta, llevo arrendando un local comercial ase 27 años aporx. me piden que los desaloje dentro de 8 dias mas por que el dueño vendio el sitio
nesecito saber que ley me respalda dentro de mi situacion y que devo hacer.
gracias

LILIBETH HERNANDEZ diciembre 22, 2010 a las 9:43 am

tengo un contrato de arrendamiento de $ 618.000 pesos y esoy atrasada a diciembre de 2010 en 3 meses pero mes a mes estoy abinando, el dueño de la rrendadora me exige pagarle todo de una o me desaloja y embarga alos fiadores, yo quiero irme pero promero que me de tiempo, segundo le estoy abonando siempre el valor total del mes y un poquito mas, segun el le estamos debiendo 5 meses pero eso es faloso, en valor si porque el me cobra: intereses demoa, intereses para no pasarme a bogado supuestamente y el último recibo de pago de mes dice julio despues me hacen recibos de abono…. y ya he cancelado 4 recibos de 600 y 650 cada uno se asume que se estan cancelando meses pero como el me suma totalidad el dice que son 5… que debo hacer…

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