Las trabajadoras de casa particular o asesoras del hogar se rigen por el Código del Trabajo y, dicha normativa se aplica tanto para las nacionales como extranjeras sin distinción alguna. Ahora bien, a continuación responderemos algunas interrogantes habituales en relación al tema.
1.-Qué se entiende por trabajadoras de casa particular?
Las trabajadoras de casa particular o asesoras del hogar son personas naturales contratadas para labores de aseo y asistencia, propias e inherentes del hogar, dedicadas en forma continua, en jornada completa o parcial al servicio de una o más personas naturales o de una familia. Se asimilan a estos trabajadores los choferes que se desempeñan en casa particular, asi como también, las personas que desarrollen las mismas funciones pero en instituciones de beneficiencia.
2.-Es necesario efectuar contrato de trabajo?
Efectivamente, el contrato debe ser efectuado por escrito, firmarse en dos ejemplares quedando cada uno en poder de cada contratante. El artículo 9º del Código del Trabajo obliga a escriturar el contrato dentro del plazo de 15 días contados desde la incorporación del trabajador.
Por otro lado, es bueno señalar que respecto este tipo de trabajadores que existe un período de prueba de dos semanas, durante el cual se puede poner término a la reación laboral a voluntad de cualquiera de los contratantes, avisando con tres días de anticipación.
3.- Cuál es el monto mínimo de remuración que puede recibir una trabajadora de casa particular?
Actualmente el monto mínimo de remuneración se equipara al ingreso mínimo, esto es, 182.000 pesos, lo que se calculará en función de los días de trabajo y la extensión de la jornada de trabajo.
En el caso de los trabajadoras que vivan en la casa de su empleador la remuneración comprende además del pago en dinero en eféctivo, la alimentación y habitación y éstas últimas no serán imponibles para fines previsionales.
4.-Cuál es la jornada laboral de las trabajadoras de casa particular?
En este caso debemos distinguir lo siguiente:
a) Las trabajadoras puertas afuera: Su jornada de trabajo no puede exceder de las 12 horas diarias, con un descanso de a lo menos una hora diaria.
b) Las trabajadoras puertas adentro: No estan sujetas a horario, sin embargo ellas deberán tener un descanso mínimo de 12 horas diarias.
Entre el inicio de la jornada y el término de la misma deberán tener un descanso ininterrumpido de 9 horas, ahora bien, el resto que falte para completar las 12 horas diarias podrá fraccionarse durante el día.
5.- Existen horas extraordinarias respecto de este tipo de trabajadores?
Sí, y estas son aquellas que exceden las doce horas diarias o lo pactado en el contrato si esta fuere inferior.
Las horas extraordinarias deberán ser señaladas en la liquidación de sueldo, y deberán ser pagadas con un recargo de un 50% sobre el valor de la hora normal.
Las restricciones que existen respecto de las horas extraordinarias son que estas deberán constar por escrito y no podrán tener una duración superior a 3 meses.
6.- A cuánto corresponde el descanso semanal?
Nuevamente debemos hacer la siguiente distinción:
a) trabajadoras puertas afuera: Le son aplicables las reglas generales, esto es, si trabajan de lunes a viernes o sábado, su descanso corresponderá al día domingo y festivos.
b) trabajadoras puertas adentro: Tienen derecho a descanso un día entero a la semana, el que puede fraccionarse en dos a petición de la trabajadora, por otro lado, también tienen derecho a descansar los dias feriados.
7.- Tienen derecho a feriado anual o vacaciones?
Si, al igual que el resto de los trabajadores y corresponde a 15 días hábiles una vez completado una año de trabajo continuo para el empleador.
Es posible fraccionar el exceso de 10 dias hábiles, como asimismo, se pueden acumular hasta dos periodos consecutivos de vacaciones.
Se considerán días hábiles para los efectos del calculo de las vacaciones, los días de lunes a viernes, por lo que, se excluyen los sábados, domingos y festivos, salvo que se trate de un trabajador que presta sus servicios de manera parcial, en cuyo caso se incluirán los días en que usualmente trabaja.
8.- En qué consiste el feriado progresivo?
El feriado progresivo consiste en un beneficio que se aplica a aquel trabajador que lleva 10 años de servicios para la misma enpleadora o para otra y, que se traduce en un día adicional a los 15 días hábiles ya mencionados anteriormente, por cada tres años trabajados.
9.- Cuáles son las causales de término de la relación laboral?
Para poner término a la relación laboral se aplican las causales generales establecidas en el Código del trabajo, y estas son las siguientes:
a) Artículo 161 del Código del Trabajo: El deshaucio, en el cual el empleador puede poner término a la relación de inmediato y de manera unilateral aún sin causa justificada, para lo que necesariamente debe cumplir ciertos requisitos: Aviso por escrito a la trabjadora con copia a la Inspección del Trabajo con a lo menos 30 días de anticipación o, bién podría ser de inmediato si paga a la trabajadora la indemnización sustitutiva de aviso previo.
b) Articulo 159 y 160 del Código del Trabajo.
C) Articulo 152 del Código del Trabajo: Dicha causal sólo es aplicable respecto de este tipo de trabajadores y consiste en que en caso de enfermedad contagiosa, clínicamnte comprobada, tanto del trabajador, empleador o cualquiera del grupo familiar que vivan en el hogar se pueden poner término al contrato de trabajo en forma inmediata.
10.-Cuál es la importancia del finiquito?
Respecto del finiquito debemos señalar que debe constar por escrito y debe ser ratificado por ambas partes ante la Inspección del Trabajo, Notario Público, Oficial del Registro Civil de la Comuna o Secretario Municipal correspondiente.
El finiquito que cumple con las formalidades exigidas por la ley tiene mérito ejecutivo respecto de las obligaciones pendientes que se hubieren consignado, como por el contrario, dan cuenta del cumplimiento de las obligaciones consignadas en el mismo documento, lo que beneficia al empleador.
11.- A que indemnización tienen derecho las trabajadoras de casa particular?
Estos trabajadores tienen derecho a una indemnización por término de contrato a todo evento, la cual se financia con un aporte del empleador de un 4,11% de la remuneraciónmensual imponible, con un tope de 11 años.
Lo que se traduce en que, sin importar la razón que haya motivado el término de la relación laboral la trabajadora podrá exigir a la AFP o INP, en su caso, su indemnización la que se financiará con los aportes ya indicados y su correspondiente rentabilidad.
Finalmente las trabajadoras eventualmente podrían tener derecho a una indemnización sustitutiva de aviso previo, lo que dependerá del empleador, esto es, si dio el aviso con 30 días de anticipación a la trabajadora su intención de poner término a la relación laboral.
12.- Las trabajadoras de casa particular tienen derecho a fuero maternal?
Efectivamente desde noviembre de 1998, en virtud de la Ley 19.591, estas trabajadoras gozan de fuero maternal.
13.- Qué es importante que tenga en cuenta el empleador al momento de contratar una trabajadora de casa particular?
Primero: Que es muy común que algunas trabajadoras en un comienzo señalen que no desean que se les efectúen sus cotizaciones previsionales y, en virtud de eso pasan los meses hasta que llega la citación de la Inspección del Trabajo, la cual obliga al empleador a cumplir con sus obligaciones laborales y a pagar con efecto retroactivo las cotizaciones adeudadas.
Segundo: Por aplicación de la Ley Bustos mientrás el empleador que desea poner término a la relación laboral y que no se encuentra al día en el pago de las cotizaciones previsionales, deberá seguir pagando las remuneraciones del trabajador con sus correspondientes beneficios.
Tercero: En la página www.previred.cl se pueden pagar las cotizaciones previsionales hasta el día 13 de cada mes.
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Hola, tengo un problema muy grave con una asesora puertas adentro de mi novia. Lleva 2 año trabajando para el papa de mi novia y ella (solo ellos 2 viven en la casa), generalmente no tenía problemas y conmigo menos, pero de un día empezó a no servirle ni desayuno, ni almuerzo ni comida a mi novia. Un día fui y mi novia le pidió que pusiera 3 puestos ante lo cual se negó, a eso el papa de mi novia fue y le dijo que lo hiciera ante lo cual reacciono muy mal, con groserías y gritos. El papa de mi novia le dijo, hace días que estas buscando irte, si quieres renuncia, ante lo cual ella responde: si me quiere fuera echeme pero me tiene que pagar el finiquito y le cobrare hasta las vacaciones!.En eso después va donde mi novia y le dice groserías y la culpa de todo. Al escuchar esto la encaro y le digo no sea falta de respeto que acá nadie lo ha hecho con ud. y se descontrola y me insulta a mi con gritos y groserías. Ante eso le digo que yo nunca le he faltado el respeto que no lo haga, y en eso me pega una cachetada.
Mi pregunta es, como lograr conseguir despedir a una persona como esta, sin pagarle el finiquito, por que es injusta la manipulación que esta haciendo. Por favor ayúdenme, mañana iré a denunciar la agresión física que realizó, pero me gustaría mayor orientación. Al parecer la ley solo las proteje de todo…
Gracias
Lo mas probable es que la nana haya incumplido mas de una de estas normas, pero por sobre todo hay que hacer la respectiva denuncia en la inspeccion del trabajo, tambien es posible en su pagina en internet. las vacaciones son irrenunciables, o se las pagas en el finiquito o se las das.
ARTÍCULO 160.-El contrato de trabajo termina sin derecho a indemnización alguna
cuando el empleador le ponga término invocando una o más de las siguientes causales:
1.Alguna de las conductas indebidas de carácter grave, debidamente comprobadas,
que a continuación se señalan:
a)
Falta de probidad del trabajador en el desempeño de sus funciones;
b)
Conductas de acoso sexual;
c)
Vías de hecho ejercidas por el trabajador en contra del empleador o
de cualquier trabajador que se desempeñe en la misma empresa;
d)
Injurias proferidas por el trabajador al empleador, y
e)
Conducta inmoral del trabajador que afecte a la empresa donde se
desempeña.
2.Negociaciones que ejecute el trabajador dentro del giro del negocio y que
hubieren sido prohibidas por escrito en el respectivo contrato por el empleador.
3.No concurrencia del trabajador a sus labores sin causa justificada durante dos
días seguidos, dos lunes en el mes o un total de tres días durante igual período de
tiempo; asimismo, la falta injustificada, o sin aviso previo de parte del trabajador
que tuviere a su cargo una actividad, faena o máquina cuyo abandono o
paralización signifique una perturbación grave en la marcha de la obra.
4.Abandono del trabajo por parte del trabajador, entendiéndose por tal:
a)
la salida intempestiva e injustificada del trabajador del sitio de la
faena y durante las horas de trabajo, sin permiso del empleador o de
quien lo represente, y
b)
la negativa a trabajar sin causa justificada en las faenas convenidas en
el contrato.
5.Actos, omisiones o imprudencias temerarias que afecten a la seguridad o al
funcionamiento del establecimiento, a la seguridad o a la actividad de los
trabajadores, o a la salud de éstos.
6.El perjuicio material causado intencionalmente en las instalaciones,
maquinarias, herramientas, útiles de trabajo, productos o mercaderías.
7.Incumplimiento grave de las obligaciones que impone el contrato
Hola. Quisiera consultar el siguiente caso: Mi madre encontró hace 11 años atrás a una nana de la casa de al lado que había sido despedida por su patrona, ella lloraba pues no tendría para vivir con su hija, mi mamá la acogió diciendole que ella le daría de comer junto a su hija, si la acompañaba y le ayudaba en la casa ya que es adulto mayor, pero que no podría pagarle ya que ella es pensionada y sólo gana $100.000 la nana le dijo que bueno y que la acompañaría tres días a la semana. Conversaron con otro vecino también adulto mayor que también se ofreció a ayudarla por otros tres días. Mi madre cuando tenía le daba algo de plata al igual que la otra persona, además de la alimentación a madre e hija.
Así pasaron varios años y a ninguna se les ocurrió poner fin a esta amistad, además de que la nana comenzó a recibir otros beneficios por la ley de exonerados politicos, pero igual iba a la casa de mi madre llegando aprox. a las 10.30 hrs de la mañana de los días Lunes Miércoles y Viernes.
Transcurrió el tiempo y aconteció lo del terremoto y la casa no pudo seguir siendo habitada, de hecho en este tiempo mi madre ha vivido con cada uno de sus hijos. Desde Febreo 27, mi madre ya no vivó en su casa y por ende no pudo recibir más a la nana, la cual iba a la casa del vecino y aprovechaba de ver la casa de mi madre por si se perdía algo. Mi madre igual trataba de ayudarla y de las cosas que se salvaron del terremoto le regaló varios enseres y muebles, pero ledijo que ya no podría seguir ayudándola por motivos obvios. La nana comprendió la situación y comenzó a ofrecerse en otras casa, pero no fue recibida.
Ahora la nana le ha puesto una demanda por todos estos años que la fue a acompañar aduciendo que no le hizo contrato, que no le pagó imposiciones hasta junio del 2010, es decir después de casi 9 mese de transcurrido el terremoto, quizás pensamos porque el terreno en que estaba la csa se vendió y se repartió entre los integrantes de la familia y mi mamá tocó una parte.
La duda que nos asalta a ella especialmente es si tiene que pagarle todo lo que está pidiendo.
Le agradecería una respuesta . Gracias
hola quisisera que me ayudaran y me aconsenjaran que debo hacer, tuve una niña que venia a planyarme 1 vez a la semana y se retiraba, claramente nucca le he pagado imposiciones, por varias razones, a ella no le convenia pq estaba demandando al marido por pensión alimenticia, tambien estaba postulando al subsidio, bueno después deinos meses ella me pidio si podia trabaar más días pq necesitaba plata pero yo le die que no podía y ella me dijo que entonces se tenía que ir, después se arrepintio hasta que me di cuenta que me había robado cosas grandes de la bodega como una pcu entonces le page sus días a fin de mes y le dije que no la podía tener más por plata.
bueno finalmente me demando diciendo que trabajaba varios días conmigo y años mi pregunta es si trabajaba un día a la semana y dependía de cuanto se demorará de planchar se iba, le debía pagar las imposiciones y como puedo demostrar que sólo trabajaba un día ayudenme porfa estoy con licencia médica y no tengo plata para pagar multas aconsejenme pronto porfi
Estimados:
Ojalá puedan ayudarme con lo siguiente:
Tengo una nana desde mayo trabajando con nosotros.
Hace unos dos meses la pillamos robandonos. Cuando hablamos con ella, lo reconoció, nos pidió diculpas llorando y prometió que nunca más. Decidimos darle una oportunidad por que nuestro hijo estaba contento con ella.
Pero resulta que nuevamente la pillamos robandonos. Esta vez no la hemos enfrentado aún por que queremos despedirla. No quiero avisarle con tiempo por temor a alguna represaria en contra de mi hijo pequeño ya que ella está todo el día con él o bien que se lleve algo que no detectemos oportunamente. (Nosotros nos cambiamos de casa proximamente y tenemos muchas cosas guardadas)
Yo pago el 4,11 mensualmente y se que no me corresponde la indemnización. Pero la pregunta que tengo es si debo indemnizarla si la despido de un momento a otro, sin avisarle con tiempo.
muchas gracias.
Tengo a mi nana enferma, me presentó una licencia, y no sé en que organismo presentarla…Fonasa??..Compin??…
Le agradecería me orientaran…y que papeles debo presentar.
Gracias!
Hola,
Tengo una asesora del hogar por casi 5 años, no le tengo contrato porque me lo solicitó cuando comenzó ya que recibia una pension y la podria perder si tenia un contrato. Resulta que mi hijo, al que ella cuida ya está grande y no necesitamos una nana, por otro lado mi situación economica ha cambiado. La señora se ha portado muy bien con nosotros y habia pensado en decirle que busque ubn nuevo trabajo y que cuando encuentre uno yo le pagaré 2 meses adicionales, pero como todo esto no es con contrato ahora tengo miedo de que ella me demande, entonces cómo podria ponerme al día con todo lo legal antes de que ella pudiese demandarme?
De antemano gracias.
HOLA: QUISIERA QUE ME ORIENTEN POR FAVOR EN LO SIGUIENTE, EN NUESTRA CASA TRABAJA HACE 25 AÑOS LA MISMA NANA , NUNCA SE LE HIZO CONTRATO , TAMPOCO NUNCA FUE TEMA, AHORA QUE YO ESTOY A CARGO DE LA ECONOMIA DE LA CASA, ELLA QUIERE Y YO TAMBIEN HACER UN CONTRATO, MI PROBLEMA ES QUE YO SOY DUEÑA DE CASA ,NO ACREDITO RENTA, SOLO ADMINISTRO EL SUELDO DE MI ABUELO, CON QUIEN TAMBIEN VIVO. LAS FUNCIONES DE ELLA SON ATENDER A MIS 2 ABUELOS Y SUPUESTAMENTE MANTENER LA LIMPIEZA DE LA CASA, COSA QUE AHORA GENERALMENTE HAGO YO, NO PLANCHA, CASI NO COCINA, CABE DESTACAR QUE A MIS HIJOS Y MIS COSAS ( ASEO DE DORMITORIOS Y BAÑO QUE YO OCUPO,LAVADO Y PLANCHADO DE MI ROPA Y LA DE MIS HIJOS) LO HAGO OBVIOAMENTE YO. ELLA LLEGA DESDE LAS 13:30 HRS APP Y SE VA A LAS 19:30 HRS.SE LE PAGAN $220.000 MAS LOS $34.000 DE LA IMPOSICION QUE ELLA HACE COMO PARTICULAR.
AHH ME OLVIDABA MENSIONAR ELLA TRABAJA TODOS LOS DIAS INCLUSO LOS DOMINGOS( ESE DIA SOLO VIENE A ATENDER A MIS ABUELOS, DESDE LAS 15 A LAS 19 HRS) LES DEJO MI INQUIETUD , ESPERO ME PUEDAN AYUDAR, ESTA BIEN EL SUELDO QUE LE PAGO?? CUAL DEBERIA SER ELCONTRATO?? .
ESTOY MUUUUY DESORIENTADA
tengo una nana puerta a dentro, su contrato entró en vigencia desde agosto de 2010 y actualmente estoy al día en todas las imposisciones, si yo decido prescindir de sus servicios o ella renuncia voluntariamente debo pagarle indemnización o eso se hace cuando se cumple el año?
Quiero saber si mi nana se accidento de un dedo y debe ir a terapia y el medico no le quiso dar licencia medica y ha trabajado solo en las mañanas y falta en la tarde debo descontarle las horas no trabajadas porque ella esta contratada hasta las 19:00 hrs.
hola quisiera consultar lo siguiente: trabajo en una casa particular desde enero del 2007, en noviembre del 2009 quede embaraza locual ya se me acabo el posnatal.
mis jefes me dicen q tengo q gozar del foro maternal pero hoy en dia nadie te da licencia si tu hijo esta sanito,,,
q hago mis jefes me dicen q tengo q firmar una carta de renuncia??
pero si la firmo pierdo todos mis años de servicio??
por favor aconcejenme q puedo hacer…..
les agradeceria q me respondieran lo antes posoble, debido a q mi pos natal se me acabo el lunes
gracias
hola,acabo de de salir de mi trbjo con licencia porque toy enbarazada,…mi matrona me entrego mi licencia y yo eso c loemtregue a mi jefe y el tiene que entregarla al conpin..ahra yo kisiera saber ahra donde tengo k irme a pagar y como puedo saber cuando enpieso recibir mi plata??????porfavor respondan porque no entiendo mucho…grcias
Hola:
Mi nombre es Sara Gonzalez Trabajo como asesora del hogar.Las liquidaciones de sueldo que recibia, no se encontraba explicito el 2% del seguro de cesantia, es de extrema urgencia, saber si,las asesoras del hogar tienen derecho a la imposicion del seguro de cesantia. Renuncie dias atras, y ,antes de firmar el finiquito saber si se habian realizado dichas imposiciones.
De ante mano muchas gracias espero alguna pronta respuesta.
Favor ayuda:
Tengo dos niñitas una de 2 años 9 meses y una de 9 meses, necesito conseguir una señora que necesite trabajar como niñera y que se ocupe de labores como, ordenar y limpiar lo que se va ensuciando durante el día, además de poner a lavar y tender. Disponemos de 200.000 mil pesos para pagar, creen ustedes que es posible conseguir una persona y que ése dinero me permite mantener al día las cosas para ella y para mí ante la ley?
Nosotros dejamos cocinado en la noche, sólo tiene que calentar el almuerzo, por su puesto que puede tomar desayuno, almorzar y tomar once con las niñitas, se ofrece un trato familiar.
Muchas gracias
Me faltó agregar que es de lunes a viernes de 8 de la mañana a 8 de la noche y 2 días sábados medio día.
para una empleada de casa Particular contratada con fecha 12 de Noviembre cual es el pago del primer mes al 30 del mismo mes? y ademas.
SI TRABAJA SOLO DE LUNES A VIERNES SE CONSIDERA TRABAJO DEL MES COMPLETO PARA LOS EFECTOS DE IMPOSICIONES O SE CONSIDERA BAJO LA CONSIDERACION DE TRABAJO PARCIAL o part time.
hace un año que contrate a una señora puertas adentro, pero ella no quiso contrato, pero se le pagan las imposiciones mensualmente, ella tiene descanzo todos los fines de semana y mas feriado al que le corresponde, pero ahora me amenaza con ir a la inspeccion por que no tiene trabajo. ¿que debo hacer?
de antemano gracias…
Hola. quisiera preguntarle lo siguiente: tengo a una persona que trabajara con nosotros como nana, pero ella no quiere que le pague imposiciones y que el pago sea semanal, se puede hacer eso, igual se le dede hacer contrato dejando estipulado una clausula con lo indicado anteriormente o no? que hago?
desde ya muchas gracias por sus respuestas.
Lo mas conveniente para ti es hacer el contrato y pagar las imposiciones que corresponda, ahora si ella necesita pagos semanales le puedes dar a modo de adelantos y en la liquidacion de sueldo mensual queda estipulados los montos adelantados, lo importante es que quede una copia firmada mes a mes en tu poder.
Despues ante cualquier dificultad sera tu respaldo.
las nanas firman libro de sistencia ?
Hola, tengo una consulta, tenemos una nana hace 5 años, hace poco tuvimos que hacerle contrato por 3 meses (a partir del 01 de octubre) ya que ella decidió irse de forma voluntaria a fines de este año y temo que nos pueda denunciar por el hecho de haberla tenido todo el tiempo anterior sin contrato.
Tengo entendido que desde el momento que firma contrato tiene 30 dias para realizar la denuncia respectiva de lo que indiqué mas arriba..¿es así?..
Segundo: cuando esta señora termine su contrato ahora, el 31 de dic..¿que debo pagarle?
¿Hay que darle algún tipo de aviso o solo recordarle que su contrato termina el 31 de dic?
Gracias y atento a sus comentarios
Tengo una nana peruana trabajando por 4 meses y recién le dieron su carnet con el trámite de la visa, por lo que aún no tiene pagos previsionales y formalmente no ha comenzado a trabajar, ahora quiero finiquitarla, mis preguntas son:
Debo darle un mes de aviso?
Debo hacer un finiquito o debo pactar una renuncia voluntaria dado que aún no debería estar trabajando?
RESPONDER
Estimados tengo una duda:
hace 3 semanas tengo una asesora que trabaja en mi casa una vez a la semana, hasta el momento le pago por trato pero deseo hacerle un contrato laboral, porque además la quiero tener por 2 dias a la semana.
tengo entendido que el mínimo es 159.000 pesos, pero encuentro mucho para dos veces a la semana (jornada de 12 horas cada día).
¿existe la posibilidad de hacer un contrato especial por menos cantidad de dinero?
saludos
Tengo una nana peruana trabajando por 4 meses y recién le dieron su carnet con el trámite de la visa, por lo que aún no tiene pagos previsionales y formalmente no ha comenzado a trabajar, ahora la despedí ya que descubrí que robaba en mi casa. Pacté con ella una renuncia voluntaria para no perjudicarla con la razón de despido (robo).
Ahora me denunció a inspección del trabajo y quiere que pague imposiciones, vacaciones y remuneraciones de un mes que ya le pague.
Estoy obligada a pagar lo que solicita?
gracias
Buenas, trabajo como asesora del hogar puertas adentro, termino previo acuerdo el 23 de diciembre 2010, como calculo mis vacaciones proporcionales si llevo 10 meses de trabajo ? son 15 dias por año y yo tuve 6 dias en septiembre libres, mis jefes salieron fuera del pais y yo tuve libres esos dias ahora me dicen que seran descontados por vacaciones proporcionales. esta correcto el procedimiento? como calculo mis dias?
hola, necesito saber lo siguiente, trabajo cuidando dos niños de lunes a viernes, el horario es entre a vaces 9 ,30 o 10 hrs hasta las 19 0 20 hrs o mas en algunas ocasiones y me pagan solo 100.000 y no tengo contrato, llevo casi 11 meses ¿tengo derechos? ¿cuales son?
gracias
Hola necesito ayuda somos un matrimonio peruano vivimos gace 12 años aca con trabajos seguro y permanencia definitiva mi mujer kiere contratar a una persona para q le ayude en casa puertas adentro mi duda es si ella le puede hacer un contrato aun extranjero ?
Buenos dias
Consulta, tengo una nana que trabaja con nosotros hace asi 6 meses su obligacion en casa mas que nada es cuidar a nuestra hija de 2 años y lo demas solo si alcanza. Tenemos todas sus cosas al dia. Ella me ha pedido permiso para tramites personales en reiteradas ocaciones teniedo que hacer todo un ajuste para ver quien se puede quedar con nuestra hija en su ausencia. Y ahora empieza un tratamiento en el consultorio el cual sabemos que la horas que se entregan dependen de esta entidad y el horario de atencion es inexacta que hasta podria tomarle todo el dia, ambos trabajamos y queremos que todos andemos bien, pero ¿podemos negarnos alguna vez a dar un permiso durante horas de trabajo? ¿Cuantos dias de permiso durante hora de trabajo Lunes a Viernes le corresponden en un mes y si estos son acumulables?. Ademas ella nos planteo ¿Si mi hija tiene una emergencia no me puedo ir? ¿chuta que hacemos?. espero sus respuestas
hola mi duda es la siguiente;
mi tia trabajo por catorce años con una familia.la despidio la señora de la casa sin aviso previo. sabemos que le debe pagar el mes de desaucio. pero que pasa con el mes por año de servicio? le corresponde el pago de tal veneficio? me dejo a sus comentarios gracias!!!
si yo renuncio a mi trabajo tengo derecho a mi indemnisacion
hola, hace casi 2 años que tengo asesora del hogar, ella quedó embarazada y tomo su pre y post-natal. y debia volver a trabajar hace un mes atras, pero decicio tomar otro trabajo. ella renuncio a trabajar con nosotros, pero ahora no se que debo hacer. ¿debo pagar el finiquito? ¿cual es el procedimiento a seguir en este caso? como me aseguro que ella no me demandará por el fuero maternal, siendo que es ella quien se desvincula de nuestro contrato?.
gracias, por su ayuda
Hola, mi nana se accidento en su casa, le dieron licencia medica por 30 dias,donde llevo la licencia? y quien paga sueldo, imposiciones, etc de ahora en adelante?
Necesito contratar cuidadora para mi hijo, medio tiempo, de Lu-Vi para el próximo año. Dispongo de $120000..Requiero hacer contrarto por esta cantidad? Como me puedo informar de los deberes y derchos del empleador y/o empleado para estos casos?
Tengo una asesora por medio tiempo que me pidió que efectuáramos boletas de honorarios por estos dos meses, luego regularizaré con contrato cuando la pase a tiempo completo, no obstante quisiera saber qué debo hacer si deseo prescindir de sus servicios ahora (cumplidos los dos meses) dado que no ha cumplido con mis expectativas. ¿Puedo informarle de que no sigue sin más ni más?
Que debo pagar y señalar en el finiquito a mi nana que renuncío voluntariamente. Trabajó 9 meses con nosotros puestas afuera, estan pagadas todas las cotizaciones. Aclarenme si le corresponde indemnización proporcional al mes por año, vacaciones proporcionales y ´los días del mes que alcanzó a trabajar.
Muchas gracias
hola comtarte auna chica para que trabaje de 12am a 9pm para que cuide a mis dos hijos uno de 5 y 2 años y se encarge de las cosas de la casa cuanto debo pagarle y cuales son sus veneficios
mi nana dejo de venir y no se como lo hago con su finiquito, no me entrego ni las llaves de la casa, la llame y me dijo si las quiere venga a buscarlas usted y al preguntarle porque no vino más, dijo que tenia trámites que hacer, pero no aviso nada, ¿qué hago?
Tengo una empleada de casa particular que trabaja un día a la semana (en general el día miercoles) el 8 de diciembre ne trabajo porque día feriado. ¿le debo pagar este día? Tiene contrato de trabajo con migo pero no se que hacer en este caso. Gracias por ona repuesta.
quiero saber si puedo hacerle un contrato a mi asesora del hogar o nana no se como llamarla puertas a fuera, por $120.000 mas imposiciones. y quiero saber cuantas son las horas que ella debe trabajar.
gracias
Mi nana salió el 1 de enero de vacaciones, y me caba de avisar telefonicamente que trabajará hasta febrero. Sin embargo yo me voy de vacaciones en febrero, bajo esas circuntancias no la puedo dejar sola en la casa durante febrero. Qué hago ¿? la puedo despedir?…cómo le mando la carta aviso si ya se fue de vaciones y supuestamente se fue al sur…ella me aviso por telefono que se va todo el mes y yo el mes de febrero me voy a USA …estoy realmente desesperada, tengo la impresión de que lo hizo para que yo le pague enero, febrero y después además le pague el mes de aviso…favor su ayuda , gracias…..me dijo que no trabajará más por stress debido a problemas personales
Voy a contratar una nana y esta de acuerdo por un sueldo liquido de $180.000.- por cuanto debo realizar las imposiciones??, el 4, 11% lo debo pagar a parte??.
Gracias.
Hola… llevo 10 años laborando con un señor con el cual No tuve contrato por escrito, solo de palabra…. nunca me ha dado vacaciones ni aguinaldo y mi trabajo es de entrada por salida… trabajo toda la semana pero ahora quiere que trabaje un solo dia… y no se me hace justo porque obviamente me va a recortar el sueldo para un solo dia… y pienso que me esta despidiendo de esa manera…!!! y yo dependo de ese trabajo ya que tengo 48 años…. gracias ojala me puedan ayudar …..
Hola si mi nana trabaja media jornada, las cotizaciones se pagan como si fuera jornada competa?? o el porcentaje es menor?
Estimada Kristel:
Las cotizaciones se pagan en consideración a los ingresos reales percibidos por la trabajadora, por lo tanto, debes pagar las cotizaciones sólo en base a la media jornada.
Tengo una persona trabajando en mi casa hace 8 meses, Hace 5 días le pagé su último sueldo (imposiciones al día), y le di aviso verbal de que solo la tendría 30 días más, ante su apuro no alcanné a darle este aviso por escrito. No se ha presentado a trabajar desde que le pagué y le di su aviso verbal, aduciendo telefónicamente despido injustificado y la no entrega de esta carta por escrito… Yo le expliqué mis razones, con las que no estuvo de acuerdo y me refirió que haría una denuncia a la inspección del trabajo. ¿ Que puedo hacer al respecto?, me sentí intimidada y siendo obligada a tener en mi casa a una persona que no considero idonea para dejar en mi hogar. Saludos cordiales
Necesito contratar una nana por 2 meses para reemplazo. Cuales son las condiciones legales?
hola espero puedan ayudarme .yo trabajo puertas adentro y cuando mi jefa me contrato me dijo k los feriado eran aparte .entonce yo haciendo caso a eso tenia mis dias libre y ademas habian feriado intermedio y ahora llegue y me dice k los feriado no me correspondia tomarmelo pork ya me estaba tomando mis dias libre y no se kmo es pork tenia 5 dias mas los 2 dias feriado y asi me los tome pero me dice k ahora le devo los 2 dias de feriado porfa …..
claudia busco nana puertas adentro, si le interesa me puede contactar al mail imcg@vtr.net
hla soy nana y kro renunciar , quisiera saber si tengo derecho a bono de cesantia ?? no lo tengo claro
esto es en chile?
es para un trabajo del liceo (sorry por la ignorancia)
Esto es en Chile? (sorry por mi ignorancia) es para un trabajo del liceo
Hola. Mi pregunta es la siguiente mi mamá trabaja hace 10 años puerta afuera pero hace 4 años le isieron contrato y hace 1 mes se entero que sera despedida a contar de fines de Diciembre de este año 2011 la duda de mi mamá es que si sele paga 1 mes por año seria por los 4 años de servicio el despido es solo por que ellos se cambian de trabajo y de casa por lo cual mi madre no podra ir con ellos ya que es muy lejos.
a ella le corresponde feniquito, seguro de sesantia etc quiero saber todo lo pocible ojala que la respuesta sea a la brevedad selo agradeseria
Estimado Rodolfo:
Los trabajadores de casa particular tienen derecho, cualquiera sea la causa que origine la terminación del contrato, a una indemnización a todo evento, que ya fue financiado durante los cuatro años de trabajo, por aportes mensuales que realizaba el empleador, equivalentes al 4,11% de la remuneración mensual imponible. Dichos aportes tienen el carácter de cotizaciones previsionales para los efectos de su cobro.
En base a lo anterior, los trabajadores de casa particular no tienen derecho a la indemnización legal de un mes por año de servicio, sino a una indemnización a todo evento, la cual quedará determinada por los aportes correspondientes al período respectivo de trabajo (4 años), más la rentabilidad que se haya obtenido de ellos.
Los fondos de la indemnización a todo evento, se encuentran depositados en una cuenta de ahorro especial en la AFP, por lo tanto, para poder girar los fondos es necesario que el trabajador acredite que ha dejado de prestar servicios para el empleador, cualquiera sea la causa de tal terminación (finiquito)
Finalmente, es fundamental que al término de la relación laboral el empleador acredite que se encuentra al día en el pago de las cotizaciones previsionales, ello no sólo para efectuar la convalidación del despido, sino también, para cobrar la indemnización a todo evento.
Hola Necesito solicitar el desafuero de mi asesora del hogar, quien falta sin aviso previo y cuando llega lo hace al menos 20 minutos tarde lo que causa en mi familia desajustes muy relevantes. Ella fue contratada el 10 de Agosto y despedida verbalmente el 5 de noviembre, fue en ese momento cuando me dijo que no la podía despedir porque estaba embarazada yo le dije que se fuera pero hizo el reclamo en la Inspección del trabajo y la tuve que reintegrar el 19 de Noviembre con un certificado de matrona que dice que esta embarazada desde el 15 de agosto … osea 5 días después que empezó a trabajar conmigo!!!!!!!. El 19 y el 21 se presento normalmente, incluso a la hora, pero el 22 no llegó ni avisó, el 23 no llegó y a las 10.00 de la noche me llamo el pololo para decirme que estaba enferma, hoy no llego ni se presentó el pololo a quien yo le pedi me llevara la licencia médica., a las 16:00 horas puse por Internet una constancia en la dirección del trabajo, indicando que se ausentó sin aviso los dias 21, 22 y 23 para solicitar el desafuero si corresponde. El tema es que no se como hacerlo ni donde…. Me pueden orientar??? Espero su respuesta.
Saludos;
Claudia Soto G.
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